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Propiedad intelectual

Según la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Telefónica no tiene que dar a Promusicae datos de clientes

Promusicae solicitó por vía judicial a Telefónica que le comunicase los nombres y direcciones de determinados usuarios de Internet a los que había identificado a través de las denominadas direcciones IP, así como la fecha y hora de su conexión.

Alegaba que estos clientes se habían bajado, a través del programa KaZaA, archivos musicales sobre los que sus miembros tienen derechos de autor y de licencia. El caso acabó ante el Tribunal de Justicia de la UE por una cuestión prejudicial que planteó el juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid.

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Juliane Kokott, rechazó los argumentos de la asociación de Productores de Música de España (Promusicae) y dictaminó que Telefónica no está obligada a suministrarles los datos de los clientes que descargan música por Internet.

Los datos identificativos de los internautas sólo pueden ser revelados cuando el asunto trate de algo relacionado con la seguridad nacional, defensa y comisión (o en su caso prevención) de delitos, y en tales casos, dichos datos deberían ser entregados a las autoridades pertinentes, y nunca a entidades privadas.

Kokott rechazó los argumentos de la asociación de Productores de Música de España (Promusicae) y dictaminó que Telefónica no está obligada a suministrarles los datos de los clientes que descargan música por Internet.

Es más, esto es así aunque los clientes puedan estar vulnerando los derechos de autor, y ni siquiera está tipificado como delito si no es con ánimo de lucro, según la abogada cuyo dictamen ha sido publicado, una conclusión que no es vinculante.

Vía | Kriptopolis

El parlamento Europeo se pronuncia: Compartir no es delito si se hace con fines personales y no lucrativos

El Parlamento Europeo ha votado en su sesión de  25 de abril, la propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las medidas penales destinadas a garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual.

La Directiva establece finalmente en su artículo 3 que los Estados miembros velarán por calificar de infracción penal toda infracción intencional de un derecho de propiedad intelectual cometida a una escala comercial, así como la complicidad y la instigación a dicha infracción.  Según el artículo 4, dichas infracciones deberán ser castigadas con penas privativas de libertad, multas y decomiso del objeto, los instrumentos y los productos procedentes de las infracciones.

La nueva Directiva impone en la práctica a los estados miembros la obligación de adaptar sus legislaciones a lo dispuesto en la misma.  Se sitúa así en el punto de mira penal a los portales P2P que sin contar con la autorización de los titulares de derechos de autor obtengan beneficios comerciales.  Ello no obstante, y en virtud de la enmienda número 13, el artículo 2 de la Directiva excluye la punibilidad de los actos efectuados por usuarios privados con fines personales y no lucrativos.

Por otro lado se excluye expresamente de la punibilidad de los actos efectuados por usuarios privados con fines personales y no lucrativos así en su art 13-2 señala

b) «vulneración cometida a escala comercial» toda vulneración de un derecho de la propiedad intelectual para conseguir ventajas económicas o comerciales directas o indirectas, con exclusión de los actos efectuados por usuarios privados con fines personales y no lucrativos;

Por otro lado y como bien afirma David Bravo "no hay que confundir términos que no sea delito no significa que sea legal"

Propuesta de Directiva

Enmiendas aprobadas en la votación final

Vía | Bufete Almeida

MySpace se adelanta a Youtube en el control de vídeos con copyright

Mientras Google  sigue dormido en los laureles y se vio obligado hace una semana a retirar de Youtube la curiosa cifra de  100.000 vídeos a petición de Viacom, MySpace parece que le ha tomado ventaja y ya está utilizando tecnología para evitar la difusión en su red de vídeos con copyright.

MySpace disponía hasta ahora de un filtro para música no autorizada, sin embargo todavía no estaba aplicando este filtro a los contenidos de video.

La tecnología utilizada por  MySpace  está licenciada por Audible Magic Corp, y analiza determinados vectores en  el vídeo comparandolos con otros almacenados en una base de datos de contenido protegido, si resulta positivo el análisis el vídeo es automáticamente bloqueado.

Youtube afirma que se encuentra desarrollando una tecnología parecida, pero no debe funcionar muy fina cuando su utilización se retrasa más de lo necesario.

Vía  | CyberNet

Ataque DoS a la web de la SGAE

Durante esta noche a a partir de las 20.00 hckrs.org había organizado una Sentada Virtual como ciberprotesta junto con multitud de grupos de hacktivistas a nivel mundial
sobre el sitio web de la SGAE, consistente en provocar una denegación de servicio de su servidor web al recargar continuamente su página cientos de usuarios.

Pues bien a estas horas parece que lo han conseguido, la página de la SGAE esta caida a ratos.

De hecho si refrescamos la página de forma continua unas 10 veces nos suelta este mensaje

Por motivos de seguridad, hemos activado el filtro de utilización.

Se ha detectado un uso excesivo de nuestros servicios,
por lo que su IP ha quedado registrada.

Lamentamos las molestias que pueda causar.


Vía | Bandaancha.st

OSWCII: Debate sobre Patentes de software:

Moderado por la periodista Carmen Tomás

Mauren O´Sullivan FS  Consortium Europe

  • El sofware libre tiene grandes beneficios sociales.
  • Se ha incrementado demasiado el tiempo de protección en Gran bretaña se ha pasado de 14 años a toda la vida del autor mas 70 años.
  • La ideas deben ser libres.
  • El software libre supone una grana amenaza para  el software propietario.
  • Los gobiernos deben darle protección al Software Libre

Gabriela Ruiz: Universidad de Navarra

  • El derecho de Autor no es un tipo d eprotección apropiado para el autor de Software. Aboga por una protección pero que no dure 70 años como actualmente.
  • Por otro lado aboga por que el codigo fuente quede depositado junto con la patente.



Ignasi Labastida: Creative Commons

  • No aboga por la abolición d elos derechos de Autor, pretendele devolverle esos derechos al Autor.
  • Es un sistema de licencias para contenidos digitales o no digitales pero no para Software.
  • No decir nada supone todos los derechos reservados.
  • Defiende los derechos de autor.
  • Hay que ir hacia un conocimiento libre.
  • Legislación sobre derechos de autor en EEUU y Europa muy diferentes.
  • Un artículo cientifico publicado por una editorial no puede traducirse hasta que transcurran 70 años.

Christian Plazter: Oficina Europea de Patentes:

  • Somos mas restricitivos en las invenciones de  software.
  • 2 años minimo dura el proceso para realizar una patente
  • Es imposible saber que procedimientos ya se han utilizado anteriormente.
  • Quien modifica codigo abierto ya no debe o puede patentar.
  • La patentes de software no suponen una amenaza.
  • Se lia el solo dando vueltas a la tortilla.
  • Se defiende de los ataques de Alberto, sus decisiones si son recurribles

Alberto Barrionuevo: Foundation for a Free Information Infrastructure:

  • Fomentar la competencia entre empresas, eliminar monopolios.
  • Las patentes de software son un obstaculo para los estandares abiertos.
  • Nos describe o lee textualmente una patente de software aprobada en la que practicamente se patente un sistema de carrito de la compra vía Web, al final nos hace ver como es practicamente imposible puentear o evitar cada uno de los  procedimientos patentados si queremos implementar un sistema de carro de compra. Con esta patente practicamente nadie puede utilizar  un sistema de carrito de la compra.
  • Redacción ininteligible de las mismas..
  • DTS amenaza a la universidad de paris para que los desarrolladores de Vlan dejen de implementar una funcionalidad.
  • Mundo fisico patentable. Mundo lógico no patentable.
  • Ataca de lleno a la oficina Europea de Patentes, la oficina europea está al servicio de intereses comerciales, las apelaciones se hacen ante la propia oficina de patentes, no existe una jurisdicción superior. Si podemos recurrir cuando se nos acusa de infringir una patente, sin embargo no podemos hacerlo contra el proceso de registro de la misma. Es decir no podemos recurrir la decisión por la que una patente pasa a ser concedida.

Alexander Dulsberg- Bird&Bird:

  • GPL no puede cumplirse en el ambito civil, es necesario desarrolar otros modelos. Para negocios con  Software Libre.
  • En Munich se han pasado a Linux, a pesar de la presión de Microsoft.
  • Hay tanta actividad empresarial y negocio alrededor del Software libre que no se puede seguir dependiendo del software propietario.
  • Linux utiliza estándares muy altos.

Eduardo Martín:  Oficina Española de Patentes y Marcas.

  • Nos describe un poco el funcionamiento de la  oficina española.
  • Un metodo para incrementar las ventas no es patentable en Europa en EEUU sí.
  • Patentes publicada no es patente concedida. Se publica para darse a conocer y poder hacer alegaciones.
  • Las patentes tienen caracter monopolizador pero no es su razón de ser.
  • Solo llegan al mercado el 5% de las patentes por falta de dinero o por que se superan rapidamente.
  • Las patentes no protegen ideas sino una implementación técnica de la misma. La idea es opuesto a patente.
  • Si una patente no resuelve un problema la patente es nula, Si una patente no se pone en practica en un plazo de 3 o 4 años entra en caducidad y pasa a ser dominio público.
  • No hay problemas con las patentes de software, no hay tanto choque. Al año suele haber 100 pleitos por patentes, ningunos por software. Se patentan implementaciones técnicas pero no el programa que interviene en la patente de software.

La tecnología de Disney para evitar el pirateo de los DVDs de los Oscar

Como todos conocéis, muchas de las películas llegan a estar disponibles para su descarga antes de su distribución comercial, e incluso antes de su exhibición en cines.

En una fase previa al otorgamiento de los Oscar las grandes productoras envían copias de las películas a determinados grupos con derecho a voto, sin embargo esto permitía que estos DVDs fueran ripeados y colocados en Internet a disposición de todo el mundo.

Parece que Disney se ah cansado del tema y va a seguir distribuyendo copias de sus películas candidatas a los Oscar. Sin embargo estos no podrán reproducirse en cualquier reproductor de DVD sino únicamente en unos reproductores fabricados por una unidad de los laboratorios Dolby llamada Cinea.

Cinea planea distribuir 12000 re productores entre los miembros de la academia.

De momento parece que otros estudios no barajan esta posibilidad y están estudiando otras alternativas, como  encriptarlos con códigos especiales que permitan localizar las copias ilegales.

Solo hace falta ver lo que tardan en saltarse este nuevo mecanismo anticopia.


Vía | News.com

 

Jorge Cortell: Conferencia celebrada

A pesar de algunos, la conferencia de Jorge Cortell comentada en el post anterior se celebró, aunque no en el sitio más adecuado. El lugar de celebración ha sido la terraza de la cafetería del ágora de la Universidad, conectando un portátil al enchufe del microondas.
Se puede estar o no de acuerdo con este profesor, pero argumentos no le faltan. Os recomiendo la lectura de este PDF titulado "Descargar y Copiar música es legal y bueno".
Ayuda a entender muchas cosas.

JORGE CORTELL: La conferencia se celebrará a pesar de todo

Jorge Cortell anunció públicamente que durante la celebración de una conferencia iba a descargarse una obra protegida por la Ley de Propiedad Intelectual. La intención era demostrar que era un acto legal, pues si no lo era lo detendrían. Al parecer, ahora la Universidad intenta impedir que se celebre la conferencia.
La conferencía estaba prevista para las 13,00 de hoy en el Aula 1.5 de la ETSIA, sim embargo según comenta el propio Cortell y tras la amenazas de la SGAE, el rector de la UPV ha decidido censurarle programando otro acto en el mismo lugar y a la misma hora. Cito textualmente:

""Tras una conversación con el Director de la ETSIA, en la que me ha dejado claro que no se "podía" celebrar la Conferencia por haber otra programada a la misma hora (otra que ha aparecido hoy "por arte de magia"), y avisarme que no se permitirá ni que ponga un papel en la puerta que avise que la conferencia se celebrará en otro lugar, he recibido la noticia de que en el Salón de Actos de la ETSID también había "otro acto" programado para el día y hora que en un principio me habían asignado.
Varias personas, que han solicitado que no mencione su nombre, me han confirmado que todo esto se debe a amenazas que ha recibido el Rector por parte de la SGAE, y antes de intentar averiguar la verdad, o por lo menos informarse, ha decidido censurarme. Ni siquiera me han llamado por teléfono, aunque se lo he facilitado a todos ellos.
Por lo tanto, y para evitar que vuelva a surgir "algún problema técnico imprevisto", vamos a convocar la Conferencia de modo "secreto": a las 12:45 nos reuniremos en la puerta del Rectorado, e iremos andando al lugar donde pretendo darla. Y para que nadie se quede sin poder asistir (sea SGAE, Policía, Fiscalía, o quien sea), se quedará una persona de guardia en la puerta del Rectorado para indicarle o acompañarle.""

Esperaremos a ver como se desarrollan los acontecimientos.

Descargar y copiar música es LEGAL y bueno

Éste es el título de una conferencia que va a impartir Jorge Cortell, profesor de Propiedad Intelectual, Comercio Electrónico y Gestión de Proyectos de la Universidad Politécnica de Valencia el miércoles día 4 de mayo, a las 13:00 h., en el Aula 1.5 de la ETSIA de la UPV.
Según declara el mencionado profesor en este post dirigido expresamente a SGAE, AFYVE, Antonio Guisasola, Vicente Cerverón, y todo aquel que crea o pueda creer que el uso de las redes P2P es ilegal según la legislación vigente en nuestro país, en el transcurso de la mencionada conferencia mostrará el uso de un programa P2P para descargar una obra protegida por la Ley de Propiedad Intelectual.
Cortell afirma que "cualquiera de los anteriormente mencionados, o cualquier otro que piense que el uso de las redes P2P es ilegal, puede emprender acciones legales contra mí comunicando a la Fiscalía esta acción. Yo estoy convencido que lo que voy a realizar NO constituye ningún tipo de delito". Si nadie me detiene:

  • No se han enterado de lo que iba a ocurrir (para evitar lo cual publico este artículo con suficiente antelación, y a sabiendas de que muchos de los anteriormente mencionados leen a menudo lo que escribo)
  • No hay ningún indicio de ilegalidad imputable, por lo que se zanjaría la cuestión.

Si se me acusa, y se me detiene, será un juez el que finalmente zanje esta cuestión.
En una semana tendremos la solución.
¿Que os parece la propuesta de Cortell?